Articulo 46 Contrato de transporte terrestre de mercancías
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»Artículo 46. Carácter imperativo.
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1. Las disposiciones de este capítulo tienen carácter imperativo.
2. Las cláusulas contractuales que pretendan reducir o aminorar el régimen de responsabilidad del porteador previsto en esta ley, serán ineficaces y se tendrán por no puestas.
