Articulo 46 Contrato de transporte terrestre de mercancías
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 46. Carácter imperativo.
Vigente
1. Las disposiciones de este capítulo tienen carácter imperativo.
2. Las cláusulas contractuales que pretendan reducir o aminorar el régimen de responsabilidad del porteador previsto en esta ley, serán ineficaces y se tendrán por no puestas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 12-11-2009 en vigor desde 12-02-2010