Articulo 46 Contrato de transporte terrestre de mercancías
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Artículo 46. Carácter imperativo.

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1. Las disposiciones de este capítulo tienen carácter imperativo.

2. Las cláusulas contractuales que pretendan reducir o aminorar el régimen de responsabilidad del porteador previsto en esta ley, serán ineficaces y se tendrán por no puestas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-11-2009 en vigor desde 12-02-2010