Articulo 46 Convenio del ...n Varsovia

Articulo 46 Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra la trata de seres humanos, hecho en Varsovia

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Artículo 46. Denuncia.

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1. Cualquier Parte podrá denunciar, en cualquier momento, el presente Convenio mediante una notificación dirigida al Secretario General del Consejo de Europa.

2. Dicha denuncia surtirá efecto el primer día del mes siguiente a la expiración de un plazo de tres meses después de la fecha de recepción de la notificación por el Secretario General.