Articulo 46 Drogodependencias y otras adicciones en I. Balears
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»Artículo 46. Naturaleza i características.
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1. El coordinador sobre drogas de las Illes Balears es el órgano unipersonal encargado de la coordinación de las actuaciones en materia de drogas que se llevan a cabo a las Illes Balears, y de la gestión de los recursos específicos que le destine la Administración.
2. El coordinador sobre drogas de las Illes Balears ha de estar integrado en la consejería competente en materia sanitaria, que ha de apoyarle con los medios personales, económicos y administrativos que sean necesarios para desarrollar su función.
