Articulo 46 Estatuto de la Agencia Tributaria
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»Artículo 46. Derechos y obligaciones.
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Los derechos y obligaciones de la Agencia tendrán el mismo régimen general aplicable a los derechos y obligaciones que integran la Hacienda de la Junta de Andalucía, previsto en el Título I del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
