Articulo 46 Estatutos del Organismo Autonómo Hacienda Tributaria
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»Artículo 46. Funciones de la Sección de Tasación.
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La Sección de Tasación ejercerá las siguientes funciones:
- La realización de dictámenes de valoración de bienes inmuebles para la liquidación de los Impuestos de Actos Jurídicos Documentados, Transmisiones Patrimoniales, Sucesiones y Donaciones y para cuantas actuaciones de la Administración de la Comunidad Foral precisen valoración de bienes inmuebles y la elaboración de informes sobre los recursos que se planteen.
- La recopilación de valores y precios de los bienes inmuebles, establecer criterios de valoración, así como la fijación y difusión de los valores estimados.
- La elaboración de los acuerdos previos de valoración.
- Las que le encomiende el Director del Servicio en relación a sus competencias.
