Articulo 46 Justicia restaurativa, mediación y prácticas restaurativas comunitarias
Artículo 46. Principios.
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Además de los principios contenidos en el título preliminar las prácticas restaurativas comunitarias siguen los siguientes principios:
a) Participación de la ciudadanía: se promoverá la participación solidaria de la ciudadanía a través de fórmulas de voluntariado, sin excluir la participación de personas facilitadoras profesionales.
b) Prevención y resolución de conflictos sociales: los procesos irán dirigidos a la prevención y resolución de conflictos sociales, así como a debatir enfoques diversos sobre la mejor manera de abordar las necesidades sociales.
c) Aumento de la cohesión social: los procesos buscarán fortalecer el sentido de responsabilidad compartida y de pertenencia a la comunidad cívica, desde una mirada positiva a la diversidad e interculturalidad.
