Articulo 46 Ley de Gobierno

Articulo 46 Ley de Gobierno

Ver Indice
»

Artículo 46.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El Lehendakari, previa deliberación del Gobierno, podrá plantear al Parlamento la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando obtuviese la mayoría simple de los votos de la Cámara.