Articulo 46 Medidas 2012 Tributarias, Administrativas y Financieras
Artículo 46. Modificación del artículo 166.3 de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad.
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Se modifica el artículo 166.3 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, que queda redactado en los siguientes términos.
«3. Establecimientos sanitarios farmacéuticos:
- a) Por la participación en los procedimientos de autorización de nuevas oficinas de farmacia: 315,07 €.
- b) Por la autorización de funcionamiento y apertura de una oficina de farmacia, autorización de botiquines, servicios de farmacia hospitalaria, almacenes de medicamentos y depósitos de medicamentos:
- Oficina de farmacia: 96,20 €.
- Botiquines: 50,00 €.
- Servicio de Farmacia Hospitalaria: 130,50 €.
- Almacenes de medicamentos: 114,45 €.
- Depósitos de medicamentos: 60,55 €.
- c) Por la autorización de traslado o modificación de oficina de farmacia:
- Traslado oficina de farmacia: 96,20 €.
- Modificación oficina de farmacia: 96,20 €.
- d) Por la autorización de transmisión de oficina de farmacia:
- Transmisión oficina de farmacia: 96,20 €.
- e) Por la acreditación para la elaboración de fórmulas magistrales y preparados oficinales para la dispensación en el propio establecimiento y su renovación o autorización para la elaboración de fórmulas magistrales y preparadosoficinales para terceros y su renovación: 94,30 €.
- f) Por el cierre definitivo de oficinas de farmacia: 97.40 €.
- g) Por el nombramiento de farmacéuticos regentes: 54,57 €.»
