Articulo 46 Presupuestos 2014 Extremadura
- Quedan derogados los aspectos sustantivos de esta ley en todo aquello que se opongan o resulten incompatibles con la Ley 13/2014, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2015 - LEY 13/2014, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autonoma de Extremadura para 2015. (2014010015)
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»Artículo 46. Fondo de Cooperación para Mancomunidades Integrales de Municipios.
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El Fondo de Cooperación para Mancomunidades Integrales de Municipios para el ejercicio 2014 tendrá una dotación de 2.590.332 euros.
Las Mancomunidades integrales destinarán las cantidades que perciban del Fondo de Cooperaciónpara Mancomunidades Integrales a las finalidades previstas en sus presupuestos generales y conforme a la memoria justificativa de las actividades para las que solicita ayudas.
La participación de cada Mancomunidad Integral en la distribución del citado Fondo se ajustará a los criterios establecidos mediante Decreto del Consejo de Gobierno a propuesta de la Consejería de Administración Pública.
