Articulo 46 Presupuestos 2014 Madrid

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Artículo 46. Autorización de gastos

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En relación con lo dispuesto en el artículo 55.3.a) y en el artículo 69.1.c) de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, estará reservada al Gobierno de la Comunidad de Madrid la autorización o compromiso de gastos de capital cuya cuantía exceda de 750.000 euros, o de 250.000 euros en gastos corrientes.