Articulo 46 Presupuestos 2015 Murcia
Ver Indice
»Artículo 46. Remanentes en el Plan provincial de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El consejero de Presidencia y Empleo fijará, de entre las que figuren en los correspondientes planes complementarios aprobados por el Consejo de Gobierno, aquellas obras que considere oportuno para ser financiadas con cargo a los remanentes producidos en la tramitación del Plan provincial de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal.
