Artículo 46 Presupuestos Generales para el año 2026 de Navarra
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»Artículo 46. Movimiento de fondos por intereses.
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La persona titular de la Dirección General de Economía-Next Generation podrá autorizar movimientos de fondos que se realicen entre las partidas destinadas al pago de intereses y otros gastos financieros, y todas las que fuera necesario habilitar, aunque no exista la vinculación exigida y regulada en el artículo 38 de la Ley Foral 13/2007, de 4 de abril, de la Hacienda Pública de Navarra, ya sean estos devengados por la deuda, por préstamos, por operaciones de Tesorería o por saldos en cuentas.
