Articulo 46 Promoción de la actividad económica
Artículo 46. Adición de la disposición adicional octava a la Ley 20/2009
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Se añade una disposición adicional, la octava, a la Ley 20/2009, con el siguiente texto:
D.A. 8ª. Ejercicio de funciones de comprobación y verificación documental para la Administración por parte de colegios profesionales
Los colegios profesionales competentes por razón de la materia pueden ejercer funciones de comprobación y verificación documental, previas a las que ejerce la Administración, para dar la conformidad que los datos técnicos que se presentan a la Administración se ajustan a los requeridos para la actividad objeto de la autorización o la licencia y a los estándares de calidad de la documentación técnica aportada. En este sentido, pueden establecerse convenios entre la Administración y los correspondientes colegios profesionales.
