Articulo 46 Registro de Vivienda y procedimiento de adjudicación de viviendas
- Norma derogada en todo lo relativo a las viviendas protegidas de promoción privada, quedando en vigor respecto de las viviendas que forman parte del patrimonio público de vivienda y suelo de la Generalitat. - DECRETO 180/2024, de 10 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el régimen jurídico de las viviendas de protección pública de la Comunitat Valenciana.
Artículo 46. Situaciones de especial vulnerabilidad
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Se otorgarán 10 puntos a las unidades de convivencia en las que concurran algunas de las siguientes situaciones de especial vulnerabilidad:
a) Ser una familia monoparental o monomarental, reconocida de conformidad con la legislación aplicable.
b) Ser una familia numerosa, reconocida de conformidad con la legislación aplicable.
c) Integrar a una o más mujeres víctimas de violencia de género.
d) Integrar a una o más personas víctimas de trata de seres humanos o de un delito de odio.
e) Integrar a una o más personas víctima del terrorismo.
f) Integrar a una o más personas con diversidad funcional o discapacidad de cualquier integrante de la unidad de convivencia, cuando esta sea igual o superior al 33 %.
g) Integrar a una o más personas en situación de dependencia reconocida.
h) Integrar a una o más personas menores de 25 años.
2. Se otorgarán 5 puntos a las unidades de convivencia en las que concurra una de las siguientes situaciones de especial vulnerabilidad:
a) Integrar a una o más personas que tenga la condición de persona asilada o refugiada.
b) Integrar a una o más personas menores de edad a cargo.
c) Integrar a personas menores de 25 años que hayan estado bajo la guarda o tutela de las administraciones públicas.
d) Integrar a una o más personas bajo la guarda o tutela de las administraciones públicas en acogimiento familiar.
e) Integrar a una o más personas afectadas por procesos de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual, derivado de ejecución hipotecaria o de demanda de desahucio por impago de la renta del alquiler.
3. A las unidades de convivencia cuyos integrantes formen parte de más de una situación de especial vulnerabilidad se les otorgarán 5 o 10 puntos por cada una de ellas, con un máximo de 30 puntos.
- Artículo modificado (46 (apdo. 2.f), se suprime)) por LEY 5/2025, de 30 de mayo, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.
(GV de 31-05-2025) en vigor desde 01-06-2025
