Articulo 46 Reglamento de prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo
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»Artículo 46. Familiares y personas reconocidas como allegados de personas del medio político
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Las medidas contempladas en los artículos 42, 44 y 45 también serán aplicables a los familiares o a las personas reconocidas como allegados de las personas del medio político.
