Articulo 46 Regulación de las condiciones de trabajo del personal funcionario de...ón de la Generalitat
Articulo 46 Regulación de las condiciones de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Generalitat
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»Artículo 46. Disposiciones comunes a las licencias sin retribución
Vigente
1. Las licencias sin retribución, en cualquier caso, deberán comprender períodos continuados e ininterrumpidos.
2. Para poder solicitar una nueva licencia será necesario que transcurran, como mínimo, tres días laborables entre el período que se solicita y el anteriormente disfrutado.