Articulo 46 TR de la Ley ...e Cataluña

Articulo 46 TR. de la Ley reguladora de los residuos de Cataluña

Ver Indice
»

Artículo 46. Operaciones de valorización y eliminación de los residuos municipales

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las plantas de reciclaje, de tratamiento y de eliminación de los residuos municipales están sujetas a las determinaciones siguientes:

a) La instalación y el ejercicio de la actividad están sujetos a la intervención administrativa ambiental correspondiente y, en su caso, a la declaración de impacto ambiental, de acuerdo con la normativa vigente reguladora de la evaluación de impacto ambiental.

b) Para el control del cumplimiento de las determinaciones de esta Ley, la Administración ambiental de la Generalidad puede nombrar a un interventor técnico o una interventora técnica medioambiental en cada una de las plantas a que se refiere el párrafo primero de este artículo.