Articulo 46 Turismo de C. Valenciana -Derogada-
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»Artículo 46. Tipos de sanciones.
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Las sanciones administrativas serán:
Apercibimiento.
Multas.
Suspensión del ejercicio de la profesión o actividad turística.
Clausura del establecimiento turístico.
Modificaciones
- Artículo modificado (46) por Ley 12/2009, de 23 de diciembre, de medidas fiscales, de gestion administrativa y financiera, y de organizacion de la Generalitat.
(BOE de 28-01-2010) en vigor desde 01-01-2010
