Articulo 46 Turismo de la... de Murcia

Articulo 46 Turismo de la Región de Murcia

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Artículo 46. Obligaciones del usuario turístico.

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El usuario turístico tendrá las obligaciones de:

  1. Cumplir las condiciones pactadas en los términos de su contratación con el titular de las empresas y establecimientos turísticos.

  2. Pagar el precio en el lugar, forma y tiempo convenidos.

  3. Respetar los reglamentos de uso o régimen interior de los establecimientos turísticos, en su caso.

  4. Los demás deberes establecidos en esta Ley y en el resto de la legislación que le sea aplicable.