Articulo 46 Vías pecuarias de La Mancha

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Artículo 46. Sanciones.

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Las infracciones anteriormente reseñadas, serán sancionadas con las siguientes multas:

  1. Las leves con multa entre 60,10 y 601,01 euros.

  2. Las graves con multa entre 601,02 y 30.050,61 euros.

  3. Las muy graves con multa entre 30.050,62 a 150.253,03 euros.