Artículo 466 Régimen específico de tasas
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Artículo 466. Exenciones

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Artículo 466. Exenciones

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Quedan exentas del pago de la tasa las personas con discapacidad igual o superior al 33% y las familias en situación de vulnerabilidad económica o social a las cuales se refiere el apartado 2 del artículo 5 de la Ley 8/2018, de 31 de julio, de apoyo a las familias.

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