Artículo 47 octavo. Sujeto pasivo.
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Son sujetos pasivos de la tasa, las entidades y centros colaboradores que soliciten la inclusión, inscripción, acreditación o sus modificaciones en el citado registro.
Modificaciones
- Artículo modificado (47 octavo (se añade)) por Ley del Principado de Asturias 3/2012, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2013. [Cód. 2012-23841]
(AS de 29-12-2012) en vigor desde 01-01-2013
