Articulo 47 compulsa Protocolo General de Actuación para el desarrollo de prueba...uncionario y laboral
Articulo 47 compulsa Prot... y laboral

Articulo 47 compulsa Protocolo General de Actuación para el desarrollo de pruebas selectivas de personal funcionario y laboral

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47. Fotocopiado, compulsa y depósito del examen compulsado.

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47.1. El PCO fotocopiará el examen. Aparte de los ejemplares que precise el TCA, según sus indicaciones, en todo caso, se reservará uno de ellos, que será compulsado por quien ejerza la Secretaría del TCA, un miembro del PCO y se firmará además por la persona aspirante, y que quedará en poder del Servicio de Selección y Provisión de Personal Funcionario, de la Dirección General de la Función Pública.

47.2. A la persona aspirante se le entregará el examen original para que de lectura del mismo.

47.3. Los exámenes que se compulsen en un llamamiento se introducirán en un sobre. Dicho sobre se cerrará y firmará por parte de quienes ejerzan la Presidencia y la Secretaría del TCA, así como un miembro del PCO.

47.4. Las firmas se estamparán en la solapa del sobre haciendo coincidir parte de aquéllas con la solapa y parte con el resto del sobre.

47.5. Luego sobre las firmas se colocará una tira de adhesivo traslucido.

47.6. En el anverso del sobre se consignarán los datos identificativos del llamamiento a que se corresponde.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-02-2018 en vigor desde 28-02-2018