Articulo 47 DLeg. 2/2000, de 29 junio, Aragón, TR. Ley de Patrimonio
- Norma derogada desde el 21 de junio de 2011. - Ley 5/2011 de 10 de Mar C.A. Aragón (Patrimonio de Aragón -Derogada-)
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»Artículo 47. Potestades de investigación y deslinde.
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Las potestades de investigación, deslinde y amojonamiento de la Comunidad Autónoma de Aragón, respecto de sus bienes patrimoniales, se regirán por lo establecido para los bienes demaniales en los artículos 14 y 15 de esta Ley y disposiciones concordantes.

