Articulo 47 duodecies Reg...to del IVA

Articulo 47 duodecies Reg. (UE) nº 904/2010 , de 7 de octubre de 2010, DOUE, Cooperación administrativa y lucha contra el fraude en el ámbito del IVA

Ver Indice
»

Artículo 47 duodecies

Vigente

Los Estados miembros permitirán a la Comisión extraer información directamente de los mensajes generados por el sistema informático mencionado en el artículo 53 con fines estadísticos y diagnósticos agregados de conformidad con el artículo 17, apartado 1, letras d) y e). La citada información no contendrá datos relativos a sujetos pasivos concretos.