Articulo 47 Emprendimiento y competitividad económica
Articulo 47 Emprendimient... económica

Articulo 47 Emprendimiento y competitividad económica

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 47. Naturaleza y finalidad

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Las entidades de certificación de conformidad municipal (Eccom) son aquellas que, después de haber sido autorizadas por la Administración, teniendo capacidad plena de obrar y actuando bajo su responsabilidad, se constituyan con la finalidad de desarrollar en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia actuaciones de certificación, verificación, inspección y control de la conformidad de instalaciones, establecimientos y actividades con la normativa de aplicación en el ámbito municipal y que dispongan de los recursos humanos, materiales y financieros necesarios para realizarlas, de acuerdo con la presente ley y lo que se establezca reglamentariamente.

2. Las Eccom se regirán por los principios de imparcialidad, confidencialidad e independencia, y sus funciones no substituirán las potestades de comprobación, inspección o cualquier otra de la Administración.

3. Las Eccom serán las únicas responsables frente a las administraciones públicas del contenido de sus certificaciones, verificaciones, inspecciones y controles de la conformidad, sustituyendo su actuación la responsabilidad de los demás interesados.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-12-2013 en vigor desde 28-12-2013