Artículo 47 espacios productivos para el fomento de la industria en Andalucía
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»Artículo 47. Infracciones.
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Se considera infracción administrativa el incumplimiento de la obligación de inscribir en el Catálogo de espacios productivos de Andalucía los espacios productivos que tengan parcelas disponibles para su comercialización y los polígonos industriales previstos para su inmediato desarrollo.
