Articulo 47 Ley 5/2019, de 28 de febrero, C.Valenciana, Estructuras agrarias
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»Artículo 47. Principio de colaboración
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Quienes ejerzan la iniciativa para la reestructuración parcelaria deberán prestar a la administración toda la colaboración que les sea requerida durante el proceso de reestructuración parcelaria.

