Articulo 47 Ley de Prevención de Riesgos Laborales
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»Artículo 47. Infracciones graves.
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(DEROGADO)
Modificaciones
- Modificación realizada (Se deroga el articulo 47) por REAL DECRETO LEGISLATIVO 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
(BOE de 08-08-2000) en vigor desde 01-01-2001 - Artículo modificado (Se modifica el apatado 6, apartados 13 y 14 y se introducen tres nuevos apartados, 20, 21 y 22 del artículo 47.) por Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
(BOE de 31-12-1998) en vigor desde 01-01-1999
