Artículo 47 Medidas urgen...dad social

Artículo 47 Medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y prórroga de determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social

Ver Indice
»

Artículo 47. Aspectos financieros.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Estas ayudas se financiarán con cargo al presupuesto en vigor en 2025 de la sección 17 «Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible», servicio 41 «Dirección General de Estrategias de Movilidad», programa 441M «Subvenciones y Apoyo al Transporte Terrestre», en los siguientes conceptos presupuestarios: concepto 771 «Ayudas para contribución de las empresas a la descarbonización», y concepto 781 «Ayudas para contribución de las personas a la descarbonización».

2. Para su financiación se tramitarán, en su caso, las correspondientes modificaciones presupuestarias con cargo al presupuesto en vigor en 2025 del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.