Articulo 47 modifica el R...s Taurinos

Articulo 47 modifica el Reglamento de Espectáculos Taurinos

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Artículo 47.

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1. Las astas de las reses de lidia en corridas de toros y novilladas picadas estarán íntegras.

2. Es responsabilidad de los ganaderos asegurar al público la integridad de las reses de lidia frente a la manipulación fraudulenta de sus defensas. A tal efecto dispondrán de las garantías de protección de su responsabilidad que establece el presente Reglamento.