Articulo 47 Políticas de juventud de Cataluña
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»Artículo 47. Financiación de la Red nacional de emancipación juvenil.
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La Administración de la Generalidad financia progresivamente la Red nacional de emancipación juvenil conjuntamente con los gestores de los equipamientos y servicios adscritos a dicha red, de acuerdo con lo que se desprenda de su reglamento, y en el marco de las previsiones presupuestarias de cada ejercicio económico.
