Articulo 47 Presupuestos 2006 Cataluña

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Artículo 47. Envío de documentación

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La entrega de las participaciones en el Fondo de cooperación local de Cataluña queda condicionada al hecho de que los entes locales destinatarios cumplan adecuadamente la obligación de enviar, de acuerdo con lo establecido por la legislación sectorial, sus presupuestos, sus liquidaciones presupuestarias anuales y sus cuestionarios estadísticos homogeneizados de estos datos al Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas, y sus cuentas anuales a la Sindicatura de Cuentas.