Articulo 47 Prevención y seguridad en materia de incendios en establecimientos, actividades, infraestructuras y edificios
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»Artículo 47. Mantenimiento de los requisitos.
Vigente
1. Los requisitos exigidos y acreditados para la autorización de la entidad deben mantenerse a lo largo de todo el período de vigencia de la autorización.
2. La pérdida de alguno de los requisitos desautoriza a la entidad para seguir ejerciendo las funciones para las que fue autorizada.

