Articulo 47 Reglamento de... Inserción

Articulo 47 Reglamento de la Ley 3/2007, Renta Básica de Inserción

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Artículo 47. Finalidades de los programas de integración social.

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Los programas de integración social deberán cumplir, al menos, los siguientes fines:

1. Promover actuaciones dirigidas a la prevención, promoción y desarrollo personal y apoyo a la incorporación social.

2. Abordar de forma transversal y con la participación de los beneficiarios, la diversidad de aspectos carenciales de los mismos.

3. Aplicar metodologías flexibles que permitan adaptar las acciones a desarrollar a las características de las personas en dificultad y favorecer el desarrollo de los procesos de inserción.

4. Establecer actuaciones complementarias, desde una dimensión de intervención integral.