Artículo 47 Reglamento de provisión de puestos de trabajo en las Administraciones públicas de Navarra
Ver Indice
»Artículo 47
Vigente
1. Los funcionarios que hubiesen reingresado al servicio activo conforme a lo dispuesto en el artículo anterior, tendrán la obligación de participar en el primer concurso de méritos que se convoque para la provisión de vacantes que correspondan a su nivel y formación, siempre que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria.
2. Si en dicho concurso no les fuese adjudicado un puesto de trabajo, estarán obligados a participar, hasta obtenerlo, en los sucesivos concursos que se convoquen.
Mientras tanto, se les podrán adjudicar provisionalmente los puestos de trabajo vacantes, conforme a lo dispuesto en el artículo anterior.

