Articulo 47 Renta Mínima de Inserción Social
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Artículo 47. Competencias de la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de servicios sociales.

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Corresponde a la Delegación Territorial de la Consejería competente en materia de servicios sociales:

a) El registro, instrucción y resolución de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía.

b) El desarrollo de protocolos de coordinación necesarios para la adecuada aplicación de las medidas establecidas en el presente Decreto-ley.

c) El desarrollo de planes de trabajo para la ejecución a nivel provincial o local de las actuaciones definidas en los correspondientes protocolos de coordinación interconsejerías.

d) El traslado de expedientes interprovinciales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 26-12-2017 en vigor desde 01-01-2018