Articulo 47 Servicios soc...-Derogada-

Articulo 47 Servicios sociales de Madrid -Derogada-

Ver Indice
»

Artículo 47. Disposición General.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



En el ejercicio de las funciones que le son inherentes en virtud de las competencias asumidas en el Estatuto de Autonomía, la Comunidad de Madrid ejercerá las funciones de diseño y planificación de la política de servicios sociales.