Articulo 47 TR. de la Ley del Patrimonio de Aragón
Ver Indice
»Artículo 47. Cargas y gravámenes.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
No podrán imponerse cargas o gravámenes sobre los bienes o derechos del patrimonio de Aragón sino con los requisitos exigidos para su enajenación.
