Articulo 47 TR. de la NF. 5/2006, General Presupuestaria
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»Artículo 47. Directrices.
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En el primer semestre del ejercicio la Diputación Foral, a propuesta del diputado o la diputada foral de Hacienda y Finanzas, aprobará las directrices económicas y técnicas sobre la elaboración de los presupuestos generales para el próximo ejercicio, que serán comunicadas a los diferentes Departamentos. Estos últimos trasladarán las citadas directrices a las entidades de ellos dependientes.
