Articulo 47 Transportes y...e Asturias

Articulo 47 Transportes y Movilidad Sostenible de Asturias

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Artículo 47. Licitación.

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1. La licitación será anunciada en los boletines o diarios oficiales correspondientes y en el perfil de contratante, señalando un plazo para la presentación de proposiciones acorde con los previstos para los contratos de gestión de servicios públicos en la normativa sobre contratación del sector público.

2. Las condiciones para poder participar en la licitación y la documentación a presentar serán las que se determinen en los pliegos de condiciones.

3. El procedimiento a seguir será el previsto con carácter general en la normativa de contratación del sector público para la contratación de servicios públicos.