Articulo 470 Código del Derecho Foral de Aragón
Ver Indice
»Artículo 470. Certeza de la designación.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Se tendrá por no puesta toda disposición paccionada o testamentaria en favor de persona incierta, a menos que por algún evento pueda resultar cierta.
