Articulo 48 Accesibilidad de Cataluña

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Artículo 48. Beneficiarios

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Pueden ser beneficiarios de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad las personas que superen el baremo de movilidad reducida que sea establecido por la normativa reguladora de la calificación y el reconocimiento del grado de discapacidad, las demás personas físicas que cumplan los requisitos que se establezcan por reglamento y las personas jurídicas o entidades que presten el servicio de transporte adaptado de viajeros.