Articulo 48 Arancel de derechos de los procuradores de los tribunales
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Artículo 48. Recurso de reposición y aclaración.

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El procurador percibirá por la formulación y por la impugnación del recurso de reposición y por el de aclaración la cantidad de 22,29 euros, para cada uno de ellos.

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  • Texto Original. Publicado el 20-11-2003 en vigor desde 21-11-2003