Articulo 48 Caza de C. León -Derogada-
- Norma vigente hasta el 8 de agosto de 2021. - LEY 4/2021, de 1 de julio, de Caza y de Gestion Sostenible de los Recursos Cinegeticos de Castilla y Leon.
- Las referencias que esta ley hace a la Orden Anual de Caza, han de entenderse realizadas al Plan General de Caza de Castilla y León. - LEY 9/2019, de 28 de marzo, de modificacion de la Ley 4/1996, de 12 de julio, de Caza en la Comunidad Autonoma de Castilla y Leon.
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»Artículo 48. Zonas de reserva.
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Son zonas de reserva aquellas superficies excluidas del ejercicio cinegético al menos durante los años determinados reglamentariamente, y que abarquen, como mínimo, el 15 % del total acotado. Los cotos privados tendrán una reducción en la tasa de matriculación equivalente al porcentaje reservado.
