Articulo 48 Deporte
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Artículo 48. Ayudas.

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La administración deportiva del Principado de Asturias podrá conceder ayudas o subvenciones a las federaciones deportivas asturianas, para el cumplimiento de sus funciones, dentro de los límites establecidos en la Ley de Presupuestos del Principado de Asturias, y establecerá los mecanismos de control de sus cuentas mediante la práctica de auditorías u otras medidas que reglamentariamente se establezcan.