Articulo 48 Derecho a la ...en Navarra

Articulo 48 Derecho a la Vivienda en Navarra

Ver Indice
»

Artículo 48. Prohibición de sobreprecios.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Queda prohibida la percepción de cualquier sobreprecio, prima o cantidad distinta a la que corresponda satisfacer al comprador o arrendatario de vivienda sujeta a cualquier régimen de protección pública, conforme a lo dispuesto en la presente Ley Foral y sus disposiciones de desarrollo.