Articulo 48 Medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional
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Artículo 48. Órganos directivos.

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1. Los órganos directivos del Instituto son el Consejo de Administración, el Presidente y el Director General.

2. El Consejo de Administración del Instituto es el órgano colegiado superior de gobierno y alta dirección del Instituto, bajo cuya dependencia estará la Presidencia y la Dirección General.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2012 en vigor desde 01-01-2013