Articulo 48 Medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional
Articulo 48 Medidas tributarias, administrativas y de reordenación del sector público regional
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»Artículo 48. Órganos directivos.
Vigente
1. Los órganos directivos del Instituto son el Consejo de Administración, el Presidente y el Director General.
2. El Consejo de Administración del Instituto es el órgano colegiado superior de gobierno y alta dirección del Instituto, bajo cuya dependencia estará la Presidencia y la Dirección General.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 31-12-2012 en vigor desde 01-01-2013