Articulo 48 Mossos d´Esquadra
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»Artículo 48.
Vigente
1. Los miembros del Cuerpo de Mossos d´Esquadra disponen de los permisos, licencias y vacaciones que se determinen por reglamento.
2. Las disposiciones relativas a permisos, licencias, vacaciones y régimen de ausencias que establece la normativa general de función pública solo se aplican directamente a los miembros del Cuerpo de Mossos d´Esquadra si lo dispone expresamente su normativa específica.
3. Dadas las características del Cuerpo de Mossos d´Esquadra, la concesión de licencias y permisos y la distribución de los períodos de vacaciones quedan condicionadas a las necesidades del servicio. No obstante, al acabar el año, todos los miembros del Cuerpo deben haber hecho las vacaciones anuales.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 5/2017, de 28 de marzo, de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público y de creación y regulación de los impuestos sobre grandes establecimientos comerciales, sobre estancias en establecimientos turísticos, sobre elementos radiotóxicos, sobre bebidas azucaradas envasadas y sobre emisiones de dióxido de carbono.
(DOGC de 30-03-2017) en vigor desde 31-03-2017