Articulo 48 Mossos d´Esquadra
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Artículo 48.

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1. Los miembros del Cuerpo de Mossos d´Esquadra disponen de los permisos, licencias y vacaciones que se determinen por reglamento.

2. Las disposiciones relativas a permisos, licencias, vacaciones y régimen de ausencias que establece la normativa general de función pública solo se aplican directamente a los miembros del Cuerpo de Mossos d´Esquadra si lo dispone expresamente su normativa específica.

3. Dadas las características del Cuerpo de Mossos d´Esquadra, la concesión de licencias y permisos y la distribución de los períodos de vacaciones quedan condicionadas a las necesidades del servicio. No obstante, al acabar el año, todos los miembros del Cuerpo deben haber hecho las vacaciones anuales.