Articulo 48 Municipal y d...-Derogada-

Articulo 48 Municipal y de Régimen Local -Derogada-

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Artículo 48.

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1. Para un mejor funcionamiento de los órganos de gobierno de la Corporación, el Pleno podrá acordar la creación de grupos municipales. Deberán constituirse grupos munid ales en los municipios de más de 20.000 habitantes.

2. Salvo acuerdo en contrario del pleno, por cada lista electoral sólo podrá constituirse un grupo municipal. Cada lista electoral que obtenga representación en el ayuntamiento puede formar grupo municipal.

3. Sólo el Concejal o los Concejales de una misma lista electoral podrán constituir grupo municipal.

4. En el plazo que establezca el acuerdo a que se refiere el apartado 1, y en los municipios de más de 20.000 habitantes, antes del primer pleno ordinario después de la constitución del Ayuntamiento, cada Concejal presentará a la Alcaldía una declaración firmada donde se expresará el grupo municipal al que desea ser adscrito.

5. Los Concejales que no queden integrados en un grupo quedarán automáticamente incorporados al grupo mixto. La participación de este grupo en las actividades del Ayuntamiento será análoga a la de los demás grupos.

5 bis. Los concejales que abandonan el grupo formado por la candidatura por la cual se presentaron a las elecciones locales no se pueden integrar en el grupo mixto, sino que quedan como concejales no adscritos. Este precepto no es aplicable en el caso de candidaturas presentadas con la fórmula de coalición electoral, cuando alguno de los partidos políticos que la integran decide abandonarla.

5 ter. Los concejales que, de conformidad con lo que establece el apartado 5 bis, quedan en la condición de no adscritos, tienen los deberes y los derechos individuales, incluidos los de carácter material y económico, que según las leyes forman parte del estatuto de los miembros de las corporaciones locales y participan en las actividades propias del ayuntamiento de manera análoga a la del resto de concejales.

6. El municipio, de conformidad con el reglamento orgánico y en la medida de sus posibilidades, pondrá a disposición de los grupos los medios necesarios para poder llevar a cabo sus tareas.

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